Nota interpretativa del MITERD sobre la condición de residuo y los sistemas de reutilización

Nota interpretativa del MITERD sobre la condición de residuo y los sistemas de reutilización

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, (MITERD) publica una nota interpretativa sobre la condición de residuo y los sistemas de reutilización.

https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/sgecocir/envases/241023_NOTA%20SISTEMAS%20DE%20REUTILIZACION%20Y%20CONDICION%20DE%20RESIDUOS_vf_para%20WEB.pdf

Algunas definiciones de interés que contiene la nota son las siguientes:

  • Sistema para la reutilización: conjunto de disposiciones organizativas, técnicas o financieras que, combinadas con incentivos, permiten la reutilización en sistemas de circuito abierto o de circuito cerrado, y que incluye los sistemas de depósito y devolución que garantizan la recogida de los envases para su reutilización (Art. 3.30).
  • Sistema de circuito cerrado: sistema para la reutilización en el que un operador del sistema o un grupo de participantes del sistema que operan conjuntamente hacen circular el envase reutilizable sin modificar la propiedad del envase.
  • Sistema de circuito abierto: sistema para la reutilización en el que el envase reutilizable circula entre un número no especificado de participantes del sistema, y la propiedad del envase cambia en uno o más puntos del proceso de reutilización.

Nos parece relevante, la aclaración por parte del MITERD que precisa que la nueva utilización de un envase de un solo uso no se considera reutilización de acuerdo a los términos jurídicos expuestos, en los que se suscribe la reutilización a envases reutilizables que cumple con la definición de reutilizable.

Se considera que los envases reutilizables no adquieren la condición de residuo mientras estén circulando en un sistema de reutilización según establece la norma UNEEN 13429.

Conforme al art. 46 del RDERE, y en concreto su apartado 1, en el caso de los envases reutilizables se deben establecer sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR) con el fin de garantizar su recuperación a través de toda la cadena de distribución, incluido en su caso el consumidor o usuario final, y de organizar y financiar la gestión de los residuos de envases reutilizables al final de su vida útil.